Desde el pasado 6 de junio, entró en vigor la modificación del decreto supremo número 122 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MITT), que establece nuevos requisitos para el otorgamiento de permisos de circulación provisional para vehículos nuevos. Esta medida, largamente esperada por la Asociación Nacional de Importadores de Motocicletas (ANIM), permitirá a los usuarios realizar pruebas de manejo o «test-drives» antes de adquirir un autos o motocicleta nueva. De esta manera, los potenciales compradores podrán evaluar el desempeño, comodidad y características del vehículo en condiciones reales de conducción, antes de tomar una decisión de compra. «La ANIM se complace en constatar que su solicitud haya sido acogida en esta ley. Este recurso, finalmente, permitirá a los usuarios de esta categoría hacer test-drives o pruebas de manejo y circular en regla en la vía pública”, menciona Cristián Reitze, presidente ejecutivo de la Asociación Nacional de Importadores de Motocicletas.

¿Qué cambia con el nuevo decreto?
- Las municipalidades podrán otorgar, de manera semestral, un total de 5 placas provisorias a cada establecimientos comerciales dentro de sus comunas.
- Estos permisos solo podrán ser utilizados por la casa comercial para la exhibición de vehículos nuevos en la vía pública.
- Los permisos que deberán incluir el nombre de la persona jurídica, el nombre de fantasía de la casa comercial, el modelo, año y tipo de vehículo.
Se espera que la nueva normativa contribuya a:
- Reducir la circulación de vehículos sin patente.
- Facilitar la identificación de los conductores.
- Disminuir la comisión de delitos asociados a la falta de patente.
- Mejorar la seguridad vial en general.
- Entregar información completa a los usuarios de vehículos motorizados antes de tomar la decisión de compra gracias a las pruebas de manejo previas.
¿Qué deben hacer los establecimientos comerciales?
Los establecimientos comerciales que deseen obtener permisos de circulación provisional para vehículos nuevos deberán:
- Contactar con la municipalidad correspondiente a su comuna.
- Presentar la documentación requerida, incluyendo el nombre de la persona jurídica, el nombre de fantasía de la casa comercial, el modelo, año y tipo de vehículo.
- Cumplir con las normas establecidas en el decreto supremo número 122 del MITT.
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